Es preocupante observar cómo los derechos de los desposeídos no tienen una respuesta favorable en la justicia que ofrece el Estado, cuando al fin logran que se garanticen sus derechos en una sentencia no logran materializarlos en la realidad.
El barrio Nueva Jerusalén está ubicado en el municipio de
Bello en límites con Medellín. Allí habitan aproximadamente 15000 personas de
los cuales un 66% son víctimas del conflicto armado. Siendo personas
empobrecidas, viven en los terrenos que pudieron adquirir a bajos costos; con
un esfuerzo mayor lograron construir viviendas, unas en muy buenos materiales y
otras más precarias, pero que en suma constituyen su única oportunidad de
habitar la ciudad.
En 2014 una acción popular ordenó ejecutar una serie de
acciones en favor de los habitantes del barrio, tales como realizar estudios
del suelo, planes de monitoreo permanente y gestión del riesgo (Dapard, Corantioquia),
adecuación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, campañas de
educación sanitaria (Municipio de Bello), esquemas de reparación y
estabilización socio económica para las víctimas (Unidad municipal de Víctimas
-Bello y Medellín) y un plan de reubicación concertado para quienes se
encuentren en zonas de alto riesgo (municipio de Bello y Medellín).
Según el estudio de suelos de Corantioquia (2015) hay
terrenos en Nueva Jerusalén que pueden
adecuarse para la reubicación de las familias que están asentadas en zonas de
alto riesgo, como las que viven alrededor de la quebrada la Loca y en terrenos
con pendientes escarpadas. Con esta información y el Censo poblacional, las
alcaldías podían adelantar un plan de reubicación concertado con las familias.
Pero han pasado alcaldes en Bello y más de dos años desde el plazo dictado en
la sentencia sin que se realicen las acciones ordenadas.
En el barrio vieron de nuevo la alcaldía el pasado 28 de
diciembre, cuando entregaban a las familias órdenes de desocupar sus viviendas.
El día 12 de enero de 2017 soldados del batallón Pedro Nel Ospina realizarán el
desalojo y la demolición. La recepción de las órdenes de desalojos opacó las
fiestas de fin de año y causaron conmoción.
El fallo de la acción popular había establecido que de
presentarse el desalojo, debía darse la reubicación o la entrega de una
vivienda: “Para evitar equívocos, se le ordena a los municipios de Bello y
Medellín que establezcan, primero un plan de acción concertado, por el que se
determine la realización de un proyecto de vivienda de interés social dirigido
a las personas que se encuentran invadiendo el lote finca El Cortado (…) por
medio del cual se les de una solución de vivienda en reemplazo de la que en la
actualidad tienen (...)” dice la sentencia.
Para el martes 3 de enero, los afectados por el desalojo,
realizaron un plantón en la alcaldía de Bello para cuestionar el procedimiento
y dialogaron con el alcalde encargado, funcionarios de la secretaría de
seguridad, vivienda y DAPARD (departamento administrativo para la atención de riesgos y desastres), quienes argumentaron que el desalojo se hacía en
cumplimiento de la acción popular que ordenaba actuar de manera urgente (luego
de tres años ¡vaya urgencia!).
Pero esta acción de la administración no refleja las
posibilidades que contempla el estudio de suelo realizado, no vislumbra un
seguimiento al cumplimiento del fallo acorde con la protección integral de los
DDHH y menos aún, avanza en soluciones definitivas de viviendas. Nuevamente la
respuesta del gobierno resulta mediocre ¿pagará arriendo mensual a 170
familias? ¿Por cuánto tiempo? ¿Podrá sostener los arriendos mensuales a todas
las familias hasta que logre un plan digno de reubicación? ¿Habrá plan de
reubicación en concertación con el municipio de Medellín? ¿Las personas que
desalojan sus viviendas podrán pagar arriendo sin poner en riesgo su propia
subsistencia? A pocos días del procedimiento, estas dudas subsisten.
Mediante la interposición de la acción popular la comunidad
buscaba acceder a la justicia para proteger sus derechos y el mal gobierno de
Bello utiliza la sentencia, convirtiéndola en instrumento para los desalojos
sin ninguna otra proyección que la de generar expulsión. Los empleados de
juzgados y tribunales contando con herramientas para hacer cumplir los fallos,
esperan tranquilos en sus despachos. Las instituciones oficiales defensoras de
DDHH como la Personería, no acompaña el seguimiento a estos procesos jurídicos,
oportunidades perdidas de la justicia que esta vez, no había sido ajena.
Es preocupante observar cómo los derechos de los desposeídos
no tienen una respuesta favorable en la justicia que ofrece el Estado, cuando
al fin logran que se garanticen sus derechos en una sentencia no logran
materializarlos en la realidad. Ahora tocará
esperar el día del desalojo, contando con suerte los soldados habran
sido capacitados en DDHH.
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